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El Pirineo se sube a la ola de protestas contra la falta de vivienda asequible [8]

  1. Están hasta el pirineo del tema

¿Por qué no hay una asignatura de formación jurídica básica en 3º y 4º de la ESO? [9]

  1. #4 Habría que pegarle un vuelco a la educación.

    Yo siendo de ciencias, tenía 9 asignaturas, 5 de ellas de letras y 4 de ciencias, luego llegas a la universidad a algo de ingenería y toca hacer el curso 0 porque tenemos un nivel paupérrimo de matemáticas.

Aldama se desdice y retracta del supuesto piso de Ángel Víctor Torres [21]

  1. #5 Es que si no... vaya birria de navidades, la pedroche ya aburre, en tve van a poner al broncas...

    De que vamos a hablar? xD

Aldama vende pescado fresco, pero no se acerquen para olerlo [41]

  1. #21 Parece que de lo de manipular y blanquear no tienes nada que decir :-D
  1. #16 Salvarse se ha salvado, que lo han excarcelado

El artículo 47 de la Constitución y el fracaso del derecho a una vivienda digna [26]

  1. #25 Valen todas.

    El problema es que la inmensa mayoría, no sabe cuanto vale cada cosa.
  1. #22 Ves? la gente en lugar de decir "joder, pues si, tienen razón" niegan, buscan piruetas para tratar de defenderse.

    Si pusiesen tanto esfuerzo en defender y exigir el cumplimiento del 35, el 47 no importaría.
  1. #16 Toda la constitución está escrita así realmente.

    muchos artículos ponen algo como "acorde a la ley"

    Por ejemplo el matrimonio, solo es para los hombres y mujeres, pero luego la ley es la que se encarga de las modalidaddes, de la disolución etc.

    En lugar de discutir por el 47, deberían estar enfadados porque no se cumpla el 35, que si es un derecho. Y que de cumplirse, el 47 ya no importa.
  1. #17 No voy a discutir eso contigo.

    El simple hecho de que no sean alegables ya te desmonta todo el argumento.

    Articulo 53.3 de la constitución.

    "informan" de la legislación positiva, y no puede ser alegados, solo ante las leyes que los desarrollen. Si no hay ley, y no hay obligación de que la haya, no hay alegación.

    También pone "derecho" y no es un derecho, si no un principio rector.
  1. Pues ale, reportado entonces por incitación al odio.

    pd: eres un cobarde

    Me cuelgo en #13
  1. #12 Que sean 15.

    Tienes una última oportunidad.

    Respira, pide perdón por tus exabruptos, y podemos seguir.
  1. #10 Vale, mejor cuenta hasta 10.
  1. #8 Relajate un poco y cuando hayas contado hasta 5, vuelves por aqui.
  1. #6 Literalmente, es eso, y no, no es "para vosotros" es para ti también.

    Como dice el artículo 53.3:

    "El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen."

    SI no hay leyes que desarrollen el artículo (como si pasa con la sanidad, o las pensiones) no hay nada que alegar.

    La misma constitución dice claramente que los artículos del capítulo 3, solo "informan" No vinculan a los poderes públicos. No hay obligación alguna de cumplirlos.

    Fíjate que hasta Podemos, decía que quería blindar la vivienda como un derecho fundamental, no crear una ley para desarrollar dicho derecho como con las pensiones o la sanidad pública.
  1. #4

    Y ni siquiera los derechos del 14 al 38 son iguales, solo son fundamentales del 15 al 29, y luego el 14 y el 30.2 entran en el nivel mas alto de protección.

    El resto del 30 y del 31 al 38 son derechos también, pero no tienen tanta protección.

    Lo preocupante aqui, es que mira que lo he escrito veces, y no veo a la gente diciendo "vamos a ver quien miente" y leerse la constitución, prefieren negar la mayor.

    Curiosamente no les veo quejandose del 35, y de porqué el salario de los empleados públicos no lo cumplen xD
  1. #2 No hace falta dar clases de nada, la constitución está ahi, al acceso de todos, en internet, y con leerse los primeros 5 capítulos, es mas que suficiente.

    En lugar de poner la constitucion, o uno de los múltiples enlaces donde se dice que el 47 NO es un derecho, llenamos internet de cosas como esta.
  1. Otro envío como lo mismo?

    El artículo 47 es un principio rector, no hay "salvaguarda" como dice la entradilla.

    Desde el 39 al 52 solo principios rectores, no vinculan a los poderes públicos, no hay obligación alguna, y no cabe alegación directa sobre ellos.

Médicos privados proponen una mutualidad directa para funcionarios que prescinda de las aseguradoras [23]

  1. #4 Igual los de la pública hacen lo mismo xD

Feliz Día de la Constitución...¡¡Española!! Buen día para recordar este artículo [30]

  1. #22 Es una definición, nadie que supiese lo que es un derecho y lo que es un principio rector votaría positivo esto.

    He preferido pensar que eres un ignorante a que seas mala persona.

    Está claro que me equivoqué.
  1. #20 Entonces mas que ignorancia es maldad.

    Y eso es peor, porque has votado positivo a este meneo, en el que se hace pasar un articulo del capítulo 3 como un derecho.

    Deja de desinfornar y dar pataletas.
  1. #18 Yo te he puesto las herramientas, el articulo 47 no es un derecho, y no por eso hay que quitarlo.

    Lo que hay que dejar es dejar de ser un ignorante, dejar decir sandeces y aceptar que te han engañado.

    Ultima vez que te dejo citarme, usa tu comentario con algo que no sea una sandez.
  1. #16 Insultos? es una definición, has dicho sandeces.

    Tienes algo que no lo sea que quieras decir?
  1. #14 Vas a decir algo mas que sandeces?

    No tengo la culpa de que vivas engañado pensando que todo son derechos.

¿Por qué no hay una asignatura de formación jurídica básica en 3º y 4º de la ESO? [9]

  1. Si estuviesen, la gente sabría que no puede "exigir" el derecho a la vivienda.

    Y eso a algunos partidos les jodería el argumentario.

Feliz Día de la Constitución...¡¡Española!! Buen día para recordar este artículo [30]

  1. #11 En eso estamos de acuerdo.

    Para eso te hace falta leer el artículo 53

    El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
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